Un inmueble de precio P se financia en un 75% mediante el pago de dos préstamos A y B. El préstamo A supone pagos de 900 € al trimestre durante 20 años, abonándose la primera cuantía al trimestre de firmado el contrato. El préstamo B supone 30 pagos semestrales de 32.000 €, abonándose la primera cuantía junto con la décima trimestralidad de 900 €. El tipo de interés para ambos préstamos es del 12,0% efectivo anual. Calcular el precio del inmueble.
miércoles, 18 de abril de 2012
Inmueble con dos hipotecas
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el i4= (1.12)^4/12 =3.849%
ResponderEliminaren el ejercicio aparece i4 como si fuera cuatrimestral, entonces seria un fallo?
Espero no haberme colado...
Un Saludo Adolfo!
Hola Alberto.
ResponderEliminarEl problema nos habla de pagos "trimestrales" para el préstamo A. Cuando el fraccionamiento es trimestral, quiere decir que estamos fraccionando el año en trimestres. Como en un año hay 4 trimestres, sabemos que m es 4.
m=4
Esto es así porque m se define como el número de subperiodos que hay en el periodo.
El periodo es el año.
El subperiodo es el trimestre.
m=4 porque hay 4 trimestres en un año.
Este es el motivo de que se use el tanto trimestral efectivo i4 para el préstamo A.
No confundas trimestre con cuatrimestre. Trimestres hay 4 en el año, y cuatrimestres hay 3 en el año. Todo el mundo nos liamos con esto ya que un trimestre tiene 3 meses y un cuatrimestre tiene 4 meses. Pero recuerda quien es m: es el número de subperiodos que hay en el periodo.
Un saludo.
Hola Adolfo.
ResponderEliminar¿Podrías subir la solución realizada con calculadora?
Muchas Gracias.
Un saludo!
Hola Javier.
ResponderEliminarTe he subido la solución con los gráficos de las rentas.
Un saludo.
Hola Adolfo.
ResponderEliminar¿Me podrías explicar por qué para calcular CoB utilizar la fórmula Prepagable? ¿Es porque empiezas a pagar en 0?
Gracias
Hola Guillermo.
EliminarPuedes considerar la renta B como prepagable y entonces tienes que descontar 10 trimestres, tal y como se muestra en la fórmula de la imagen.
Otro método, consiste en considerar la renta B como pospagables, y en ese caso su valor actual quedaría un semestre antes del vencimiento de la primera semestralidad de importe b. Pero un semestre antes del vencimiento de b hace que luego tengas que descontar 8 trimestres para llegar a valorar en el momento de firma del préstamo.
Cualquiera de los dos métodos es válido. A mi me gusta, normalmente, trabajar considerando la renta prepagable ya que se ve mejor que luego he de descontar 10 trimestres. Si la renta la consideras pospagable es posible que veas con más dificultad que luego se han de descontar 8 trimestres.
Un saludo.